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domingo, 3 de abril de 2016

MUD califica de insólita la sentencia del TSJ sobre reforma de ley del Banco Central



MUD califica de insólita la sentencia del TSJ sobre reforma de ley del Banco Central


Publicado en: DestacadosNacionales

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The secretary general of the Democratic Unity Roundtable (MUD), Jesus "Chuo" Torrealba (L), and the president of the Venezuelan National Assembly, Henry Ramos Allup , offer a press conference in Caracas on March 8, 2016. Venezuela's opposition called for the "largest movement that has ever existed" to oust President Nicolas Maduro, vowing to pursue all means to force him from power. The opposition, which has been on a collision course with Maduro since winning control of the legislature in December, spent weeks deciding on its strategy to remove the deeply unpopular socialist president -- whether through a referendum, a constitutional amendment or the drafting of a new constitution.  AFP PHOTO / JUAN BARRETO / AFP / JUAN BARRETO
AFP / JUAN BARRETO

La alianza opositora Mesa de la Unidad Democrática (MUD) calificó hoy de “insólita” la sentencia del Supremo que declara como inconstitucional la reforma de la Ley del Banco Central de Venezuela hecha hace un mes por la mayoría opositora de la Asamblea Nacional (AN, Parlamento).
“El Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) o lo que hace sus veces en este país, emitió una sentencia insólita declarando inconstitucional la reforma de la ley del Banco Central de Venezuela (BCV)”, dijo el secretario ejecutivo de la MUD, Jesús Torrealba, en su programa La Fuerza es la Unión transmitido en la emisora privada RCR.
El vocero de la alianza recordó que esta ley del BCV había sido reformada en diciembre pasado por el Parlamento de mayoría chavista cuando, con una serie de modificaciones, se eliminó la potestad de la Cámara para elegir a los directivos del banco o ejercer su función de contraloría sobre el ente emisor.
“Los alcahuetes que integraban la mayoría en la anterior AN se quitaron a sí mismos, de manera inconstitucional, una competencia para dársela al Poder Ejecutivo”, criticó Torrealba.
Señaló que la nueva AN de mayoría opositora que se instaló el pasado enero, “decidió colocar las cosas en su sitio y recuperar esas competencias en materia de nombramiento del directorio del Banco Central” para que este ente “no siga siendo una fábrica de inflación”.
Apuntó que “al transformar el BCV en una oficina de complacencias para Miraflores (palacio presidencial)” se “volvió leña” la economía de Venezuela “y se disparó la inflación” que hoy en día figura como la más alta del mundo al cerrar 2015 en 180,9 %.
Dijo que a los venezolanos no les alcanza el dinero “porque el BCV no es autónomo” y “porque el Poder Ejecutivo en vez de manejar razonablemente la economía hace todos los desastres que hace” y después, supuestamente, le pide al Banco Central que le imprima dinero inorgánico.
El presidente del Parlamento, Henry Ramos Allup, dijo hoy a través de su cuenta en Twitter que “al anular el TSJ la reforma de la ley del BCV habrá más inflación y más desabastecimiento. Gobierno y TSJ cómplices de delitos que destruyen a Venezuela”.
El TSJ declaró inconstitucional la reforma parcial a la Ley del BCV que aprobó la mayoría opositora de la AN el 3 de marzo pasado por cuanto esta modificación “pretende atribuirle al Parlamento” competencias para designar, ratificar y remover al presidente y demás directores del ente emisor, según la sentencia del Supremo.
Con la reforma parcial de esta ley, el Parlamento restablecía las funciones de contraloría de la Cámara sobre el ente financiero, el nombramiento conjunto con el Ejecutivo de los directivos del BCV, así como la obligación de publicar los índices económicos.
El texto de la sentencia del Supremo que se difundió este viernes señala que la Sala Constitucional del TSJ, como “Máxima Intérprete de la Constitución” atendió a una solicitud del jefe de Estado, Nicolás Maduro, para analizar esta reforma realizada por la AN, controlada por la oposición.
“Con la pretendida reforma, la Asamblea Nacional incurrió en desviación de poder, al perseguir fines distintos de los constitucionalmente permitidos, por cuanto, se develó que el objetivo buscado es tomar el control administrativo del Instituto Emisor”, dice el fallo. EFE

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